Pablo Correa

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Por: Pablo Correa | Publicado: Lunes 2 de noviembre de 2015 a las 04:00 hrs.
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Cuando ya han pasado varias semanas desde el anuncio de cuál será el proceso constituyente, llama la atención la poca información que ha dado el Ejecutivo respecto de cuáles serían los principales cambios en la carta magna, más allá de su legitimación de origen. Si bien el Gobierno ha planteado una discusión ciudadana para la redacción de la nueva Constitución (o para reformar la actual, aún no sabemos), se debería tener en cuenta que en anteriores procesos de consulta ha existido poca acogida por parte del Ejecutivo a los temas que contradicen los pilares estructurales definidos por él.

Por esto, una posible aproximación a cuáles cambios podrían ser propuestos por el Ejecutivo en el proyecto de ley son justamente aquellos definidos en su programa de gobierno. En éste se plantearon cuatro pilares para la reforma constitucional: derechos humanos, garantías, deberes, y sistema político. Si bien esto es el marco general, hay algunas de las propuestas que podrían tener importantes consecuencias para la estabilidad política y económica del país.

La primera es que se definiría que el quórum máximo para aprobar y modificar leyes sea mayoría absoluta, eliminando los quórums especiales. Esto si bien es a primera vista más democrático, puede poner en riesgo la estabilidad de ciertas leyes de carácter orgánico, que determinan el funcionamiento de instituciones del Estado distintas al Gobierno Central (Municipalidades, Fuerzas Armadas, Banco Central, Contraloría General, entre otras). La idea de la existencia de quórums más elevados es justamente proteger del ciclo político de corto plazo (cuatro años en el caso de la Cámara baja) a instituciones que deben velar por objetivos de largo plazo y entregar estabilidad política a la República.

También se establecería que los gobiernos regionales dispondrán de autonomía, facultades y recursos suficientes para ser ejes del desarrollo regional, lo que si bien hace sentido para avanzar en forma más decidida hacia una real descentralización del país, pone en riesgo la centralización del gasto público y abre la posibilidad de endeudamiento por parte de los gobiernos regionales o en el extremo, de pasar a un esquema distinto a una República unitaria. Para evitar lo anterior sería necesario que la misma Dirección de Presupuestos controle los ingresos, niveles de endeudamiento, eficiencia de gasto, etc. de los gobiernos regionales.

Se redefinirían las competencias del Tribunal Constitucional, suprimiendo aquellas de control preventivo de constitucionalidad de normas para limitarlo a una competencia consultiva, lo que en la práctica eliminaría otra institución que actúa de Contralaría del Ejecutivo y del Legislativo en relación a la Constitución en general, y de los derechos y garantías constitucionales en particular. Al mismo tiempo, si los poderes del Estado involucrados reducen la capacidad de control constitucional de éste órgano, pierde legitimidad procesal el mismo cambio.

Si bien se reconocería la autonomía del Banco Central, del Consejo para la Transparencia y de otras instituciones fiscalizadoras (Contraloría General siendo la más relevante), habría una redefinición mediante nuevas leyes especiales de las medidas de autonomía y configuración de sus competencias, lo que pudiera limitar la misma, otorgando al Gobierno Central control de muchas instituciones del Estado que hoy actúan de contrapeso del mismo (por ejemplo, Banco Central versus Ministerio de Hacienda).

Luego, si bien existe mayor claridad respecto del proceso constituyente, y siendo razonable que sea un proceso largo, de manera que efectivamente la discusión recoja elementos de todos los actores de la sociedad y que la discusión sea madura, es imperativo que el Ejecutivo también desde ya dé a conocer cuáles son los temas fundamentales que quisiera incluir. Es complejo que aún no se hayan planteado cuáles serían las modificaciones que el actual Gobierno estima necesarias para la nueva Constitución ni el por qué, más allá de su legitimidad de origen.

Finalmente, hay que considerar que existe una definición básica que probablemente será el centro de la discusión, que es pasar desde un Estado con rol subsidiario a uno garante de derechos. Esto tiene todo tipo de implicaciones: como por ejemplo, transitar desde una política social focalizada a una de prestaciones universales o establecer el rol productor del Estado de ciertos bienes y servicios.

Por lo mismo, urge desde ya pasar desde la discusión sobre el proceso a ponerse a hablar sobre contenidos.

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